Despido por causas objetivas
abril 24, 2023
En España, existen varias causas objetivas por las que se puede despedir a un trabajador.
Estas causas se encuentran recogidas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores y son las siguientes:
Causas económicas:
Cuando existen pérdidas económicas o disminución persistente de ingresos de la empresa. Esta causa debe estar debidamente acreditada y justificada por la empresa.
Causas técnicas:
Cuando se producen cambios en los medios o instrumentos de producción que hacen necesaria la reorganización de los recursos humanos. Es necesario que se acredite la necesidad de esta reorganización.
Causas organizativas:
Cuando se producen cambios en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal. En este caso, también es necesario que se justifique la necesidad de los cambios.
Causas productivas:
Cuando hay una falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas realizadas en su puesto de trabajo. Se debe acreditar que el trabajador no es capaz de realizar las nuevas tareas asignadas.
¿Cuándo se considera procedente un despido por causas objetivas?
Como Abogados laboralistas expertos en despidos te informamos que debes tener en cuenta que, para que el despido por causas objetivas sea considerado procedente, se deben cumplir una serie de requisitos formales y legales establecidos por la ley, como la entrega, con un plazo de preaviso de quince días, de la carta de despido por escrito, indicando de forma pormenorizada los motivos que lo justifican, así como el pago de una indemnización por despido de veinte días de salario por año de antigüedad en la empresa, en el mismo momento de la notificación de la comunicación extintiva.
En caso de no cumplir con estos requisitos, el despido podría ser considerado improcedente y la empresa debería indemnizar al trabajador con una indemnización mayor, equivalente a la del despido improcedente o, incluso, tener que readmitir al trabajador a su puesto de trabajo, con el abono de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta que te reincorporen de forma efectiva a tu puesto de trabajo.
La falta de preaviso no es causa de improcedencia del despido, sin embargo la empresa debe compensar la falta de preaviso con el abono de los días de salario, lo que se hará incluyéndolo en el finiquito.
Como Abogados laboralistas expertos en despidos te recomendamos que, aunque aparentemente parezca que el despido pueda ser justificado, consultes siempre con un Abogado laboralista por si pudieras tener derecho a una indemnización mayor o a la readmisión a tu puesto de trabajo.
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