¿Puede tu empresa llamarte durante las vacaciones? Derecho a la desconexión digital y despido
mayo 21, 2026
¿Es legal que tu empresa te llame o te escriba durante las vacaciones?
El derecho a la desconexión digital protege a los trabajadores frente a llamadas, mensajes y correos de la empresa fuera de su horario laboral o durante las vacaciones.
Recibir llamadas, correos electrónicos o mensajes de la empresa durante las vacaciones es una situación cada vez más habitual. Muchas veces llegan acompañados de frases como: “es urgente” o “necesitamos que lo hagas cuanto antes”.
Pero la pregunta importante es: ¿estás obligado a responder durante tus vacaciones o fuera de tu horario laboral?
La respuesta es clara: NO.
En España existe el llamado derecho a la desconexión digital, que protege a los trabajadores frente a comunicaciones laborales fuera de su jornada laboral, durante descansos, permisos o vacaciones.
En Expertos en Despidos, como abogados laboralistas expertos en despidos y vulneración de derechos laborales, vemos cada vez más casos relacionados con sanciones, presiones empresariales y despidos vinculados a la desconexión digital.
Derecho a la desconexión digital: qué dice la ley
El derecho a la desconexión digital está reconocido en:
- El artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
- El artículo 18 de la Ley 10/2021 de Trabajo a Distancia.
Estas normas establecen que el trabajador tiene derecho a:
- No responder llamadas o mensajes fuera de su horario.
- No atender correos electrónicos durante vacaciones o descansos.
- No permanecer disponible permanentemente.
- No sufrir represalias por ejercer este derecho.
Salvo situaciones excepcionales muy concretas, la empresa no puede exigir disponibilidad constante al trabajador.
¿Pueden despedirte por no contestar llamadas o mensajes fuera del horario laboral?
No. Un trabajador no puede ser sancionado ni despedido por ejercer su derecho a la desconexión digital.
Por tanto:
- No responder fuera de tu jornada laboral no es sancionable.
- Ignorar mensajes durante las vacaciones no justifica un despido.
- La empresa no puede exigirte disponibilidad 24/7.
Si la empresa sanciona o despide al trabajador por este motivo, el despido podría ser declarado improcedente o incluso nulo por vulneración de derechos fundamentales.
¿Es obligatorio dar tu teléfono o correo personal a la empresa?
La respuesta también es no.
Algunas empresas solicitan el número de teléfono o el correo electrónico personal “por si surge una urgencia”. Sin embargo, debes saber que:
- No estás obligado a facilitar datos personales innecesarios para la relación laboral.
- Negarte no puede generar consecuencias disciplinarias.
- La empresa debe respetar tu privacidad y tus tiempos de descanso.
El uso de datos personales del trabajador debe cumplir la normativa de protección de datos y respetar el derecho a la intimidad.
La sentencia del Tribunal Supremo sobre la desconexión digital
La Sentencia del Tribunal Supremo 267/2025, de 2 de abril, supuso un importante precedente en materia de desconexión digital.
El caso afectaba a Teleperformance España y analizaba determinadas cláusulas incluidas en acuerdos de trabajo a distancia.
¿Qué pretendía la empresa?
La empresa exigía a los trabajadores:
- Facilitar su número de teléfono personal y correo electrónico.
- Estar disponibles para responder llamadas y mensajes fuera del horario laboral.
- Mantener disponibilidad incluso durante vacaciones y descansos.
¿Qué dijo el Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo declaró nulas estas cláusulas porque:
- Vulneraban el derecho a la desconexión digital.
- Imponían una disponibilidad permanente ilegal.
- Permitían una injerencia desproporcionada en la vida privada del trabajador.
Esta sentencia refuerza la protección de miles de trabajadores frente a abusos empresariales relacionados con la disponibilidad fuera de jornada.
¿Qué es exactamente el derecho a la desconexión digital?
El derecho a la desconexión digital implica que el trabajador puede:
- No atender llamadas laborales fuera de horario.
- No responder mensajes o correos electrónicos.
- Disfrutar de vacaciones sin interrupciones profesionales.
- Desconectar completamente del trabajo durante sus descansos.
- Evitar represalias por no estar disponible.
Además, la empresa tiene la obligación legal de garantizar este derecho mediante políticas internas y medidas organizativas adecuadas.
¿Qué hacer si tu empresa vulnera tu derecho a la desconexión digital?
Si tu empresa:
- Te llama constantemente fuera de horario.
- Te exige disponibilidad total.
- Te presiona para responder durante vacaciones.
- Te sanciona por no contestar.
- O te despide alegando “falta de disponibilidad”.
Es importante buscar asesoramiento legal especializado cuanto antes.
En Expertos en Despidos analizamos cada caso para determinar si existe una vulneración de derechos laborales o fundamentales. Concierta ahora una consulta gratuita y sin compromiso con nuestro equipo.
Podemos ayudarte a:
- Impugnar sanciones disciplinarias.
- Reclamar daños y perjuicios.
- Denunciar vulneraciones de derechos fundamentales.
- Impugnar despidos improcedentes o nulos.
Conclusión: tu descanso es un derecho
Las vacaciones y los tiempos de descanso existen para garantizar la salud física y mental del trabajador.
Tu empresa no puede obligarte a estar permanentemente disponible ni sancionarte por ejercer tu derecho a desconectar.
Tu descanso es un derecho, no un privilegio.
Preguntas frecuentes sobre la desconexión digital
¿Tengo obligación de responder llamadas de trabajo durante mis vacaciones?
No. Durante tus vacaciones tienes derecho a desconectar completamente del trabajo.
¿Pueden despedirme por no responder mensajes fuera del horario laboral?
No. El despido por ejercer el derecho a la desconexión digital puede ser improcedente o nulo.
¿La empresa puede obligarme a dar mi teléfono personal?
No, salvo que sea estrictamente necesario para la relación laboral y respetando la normativa de protección de datos.
¿Qué hago si me sancionan por no responder fuera de horario?
Debes consultar con abogados laboralistas para valorar la impugnación de la sanción o incluso reclamar daños por vulneración de derechos fundamentales.
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