Reclamación de horas extraordinarias

abril 28, 2023

Las horas extraordinarias se definen en el Estatuto de los Trabajadores como aquellas horas de trabajo que exceden la jornada ordinaria de trabajo. La jornada ordinaria de trabajo nunca puede exceder de las 40 horas semanales y puede ser inferior si así lo dispone el Convenio Colectivo de aplicación.

Las horas extraordinarias pueden ser voluntarias, cuando el trabajador acepta realizarlas, o forzosas, cuando son necesarias para prevenir o reparar siniestros o daños extraordinarios y urgentes.

En España, las horas extraordinarias están reguladas por la Ley del Estatuto de los Trabajadores y por el Convenio Colectivo que resulte de aplicación, que establece los límites y condiciones en las que pueden realizarse.

A continuación, como Abogados laboralistas expertos en despidos te detallamos los aspectos más relevantes de las horas extraordinarias:

  • Obligación de remuneración: las horas extraordinarias deben ser remuneradas con un recargo sobre el salario normal, que puede variar según el convenio colectivo o el acuerdo alcanzado entre el empleador y el trabajador.
  • Registro de horas extraordinarias: es obligatorio llevar un registro de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores, tanto por parte del empleador como del trabajador. En el registro deben figurar el número de horas y los días en que se han realizado.

Es importante destacar que la realización de las horas extraordinarias, en general, debe ser acordada entre el empleador y el trabajador. Además, la realización de horas extraordinarias no puede suponer un perjuicio para la salud o la seguridad del trabajador y siempre debe respetarse el descanso entre jornadas de trabajo, como mínimo deben mediar doce horas entre la finalización de una y el inicio de la siguiente.

Cuando un trabajador tenga derecho a recibir compensación por las horas extras trabajadas y la empresa no las abone adecuadamente, puede optar por interponer una demanda en reclamación de cantidad en los tribunales laborales. El trabajador debe aportar pruebas de que el trabajo de horas extraordinarias ha sido realizado. Esto incluye recibos de nómina, horarios, registros de jornada, informes de horas trabajadas, etc. Asimismo debes tener en cuenta que en los procedimientos de reclamación de cantidades, en general, sólo se pueden reclamar las horas extraordinarias que se han trabajado en los últimos doce meses.

Si estás en esta situación, consulta a la mayor brevedad con un abogado laboralista experto en despidos para que pueda asesorarte sobre tus derechos y sobre la viabilidad de la reclamación.

Reúne pruebas: Es recomendable que reúnas todas las pruebas posibles que puedan demostrar la realización de las horas extraordinarias. Por ejemplo, correos electrónicos, documentos, testimonios de otros trabajadores, etc.

Presenta una reclamación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC): Antes de acudir a la vía judicial, es obligatorio presentar una reclamación ante el SMAC. Este organismo tiene como objetivo mediar entre la empresa y el trabajador para alcanzar un acuerdo. Si bien para la interposición de la papeleta de conciliación no es obligatoria la asistencia de Abogado, te recomendamos que antes de interponerla consultes con un Abogado laboralista experto en despidos. Una vez presentada la papeleta de conciliación, el SMAC citará a las partes (persona trabajadora y empresa) a un acto de conciliación.

Presenta una demanda ante los Juzgados de lo Social: Si no se llega a un acuerdo con la Empresa, el siguiente paso será presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social. Igualmente, te recomendamos que la preparación y presentación de la demanda la realice un Abogado laboralista experto en despidos.

Finalmente, en el procedimiento judicial de reclamación de horas extraordinarias, la empresa vendrá obligada a abonar adicionalmente el 10% del interés legal por mora sobre la cantidad adeudada.